LENGUAJE

Google-Translate-Chinese Google-Translate-Spanish to French Google-Translate-Spanish to German Google-Translate-Spanish to Japanese Google-Translate-Spanish to English Google-Translate-Spanish to Russian Google-Translate-Spanish to Portuguese Google-Translate-Spanish to Italian

lunes, 19 de noviembre de 2018

Errores en investigaciones, liberan a acusados de explotación sexual

Por deficiencias en la integración de expedientes, la mitad de los acusados quedan libres en casos de explotación sexual

@alecafierro
Al menos, el 50 por ciento de los casos de trata de personas con fines de explotación sexual no son sancionados, debido a que la ley en México no está alineada con los tratados internacionales que tipifican esto como un delito grave.
Pero además, los errores en el Sistema de Justicia penal como la ausencia de capacitación a policías como primeros respondientes y de Ministerios públicos que criminalizan aún más a las víctimas, es que los responsables de este delito encuentran en su mayoría quedan absueltos de todo delito.

Así lo reconoció, Oscar Salomón Cortés Flores, catedrático de la Escuela Libre de Derecho y presidente de la “Fundación Restaurando México” quien aceptó que de cada 10 casos de trata de personas con fines sexuales, la mitad no logra acreditar los elementos de la comisión del delito y en consecuencia los infractores obtienen condenas absolutorias.
“En la mitad de los casos, los infractores salieron, libres porque no hubo una correcta tipificación del delito a manos del Ministerio Público. Pero las víctimas no lograban acreditar el enamoramiento y el engaño, así como que se criminaliza aún más a las victimas cuando son atendidas por personal ministerial”.
Además, reconoció que a esto se añaden, los errores del Sistema de Justicia Penal en donde la falta de capacitación de elementos de las policías locales, fallan en la integración de los elementos cuando son los primeros respondientes y la legislación que no se ha adecuado a los tratados internacionales.
En este tenor, el abogado resaltó que en México hay una ausencia en los procedimientos para la tipificación del delito de trata de personas con fines de explotación sexual, pues la ONU tiene un criterio a nivel internacional que no se aplica en nuestro país.
“Las reglas procesales son diferentes que en otros países. Por ende en México es más difícil acreditar este delito. El derecho penal procesal establece que entre menos elementos se tengan más difícil es acreditable el delito, lo que genera que haya sentencias absolutorias”.
En este tenor, Cortés Flores aseguró que hay medios comisivos del delito como captar, retener, enganchar a una persona con fines sexual mediante el abuso, engaño, consentimiento forzado, que son difíciles de comprobar.
En consecuencia, en materia internacional, afirmó que se busca que el delito esté más completo, pero en la realidad es que en estados como Tlaxcala, Puebla, Veracruz y centros turísticos con playa, donde hay trata de personas con fines de explotación sexual, hay operadores jurídicos que no saben demostrar los elementos probatorios del delito.

No hay comentarios:

Publicar un comentario